A partir del 2 de marzo entró en vigencia la Ley 8687 de Notificaciones Judiciales, cuyo objetivo es agilizar los trámites judiciales en los diferentes Estrados de la Corte Suprema de Justicia, y será aplicable a los procedimientos del Estado y sus instituciones, regulados por la Ley General de la Administración Pública.
El nuevo servicio de Notificaciones Judiciales de Correos de Costa Rica nace al amparo de esta ley, como una alternativa novedosa para realizar las notificaciones judiciales personales, por lo que los Bufetes, Notarios y Abogados contarán con un trámite de comunicación ágil, segura y responsable.
La Ley a su vez, le da a nuestros colaboradores fe pública mediante su Artículo 26: Habilitación del funcionario de la oficina de correos: «Al funcionario de la oficina de correos que practique la notificación se le aplican los derechos y deberes de todo notificador judicial».
El servicio de notificación judicial cuenta con el soporte de la plataforma EMS en todo el territorio nacional y dispone de sucursales distribuidas en todo el territorio nacional para realizar el trámite.
El servicio ha sido identificado con un sello especial que certifica que los documentos confrontados son fieles y exactos. También, cada sobre llevará un sticker para respectiva identificación, todo esto con el objetivo de coadyuvar con la Corte Suprema de Justicia y el Poder Judicial a realizar los trámites de notificaciones personales con agilidad, seguridad y comunicación oportuna a los interesados en un proceso judicial.
Las personas que requieren de este servicio deberán de seguir un sencillo trámite que inicia indicándole al Estrado Judicial donde se tramita la causa que la primera notificación personal la realizará por Correos de Costa Rica, al presentarse en la sucursal de su preferencia con las dos actas de notificación judicial confeccionadas por el Despacho Judicial correspondiente, las cuales son confrontadas y se certificarán como fieles y exactas.
Luego, el cliente deberá de llenar la guía EMS con base en la información y datos indicados en el acta de notificación judicial, además, de ser posible se debe indicar provincia, cantón y distrito (Código Postal).
El funcionario de nuestra empresa que fungirá como notificador realizará una sola visita a la dirección consignada, reservándose el derecho de ingreso en aquellas zonas de alto riesgo. En caso de no efectuarse la notificación judicial, se abrirá el sobre y se llenará el acta respectiva consignando los requisitos implícitos en ella, siendo devuelta al despacho judicial donde se tramita la causa.
La empresa estableció para este servicio un tiempo mínimo de entrega de un día en el Área Metropolitana mientras de un máximo de cinco días para áreas rurales. La devolución de los documentos a los despachos judiciales se realizarán conforme los plazos establecidos en la Ley.