GESTIONÁ AQUÍ, TU PAQUETE INGRESADO POR ADUANA POSTAL
Una vez que recibás la notificación de que tu paquete se encuentra en la Aduana Postal, descargá la autorización indicada anteriormente y luego iniciá tu proceso donde indica «Iniciá tu trámite acá» , Correos de Costa Rica gestionará la liberación de tu paquete y coordinará la entrega por el canal seleccionado.
Sobre el pago de impuestos de nacionalización: Realizá el pago de los impuestos de nacionalización, por el monto exacto que se indicó en la notificación (incluir céntimos).
Si recibiste la notificación de forma física, tramitá tu paquete a través del correo electrónico tramiteaduana@correos.go.cr
Descargá el formulario acá, completalo con los datos solicitados, firmalo y adjuntalo con los siguientes documentos: fotocopia de la cédula por ambos lados y factura del artículo, en el asunto del correo debés indicar «Número de declaración + Fecha de la declaración».
CONSULTÁ LOS DOCUMENTOS IMPORTANTES
De acuerdo al artículo 116 de la Ley General de Aduanas, solamente los pequeños envíos familiares sin carácter comercial podrán aplicar la exoneración.
Se consideran pequeños envíos sin carácter comercial, las mercancías remitidas por familiares desde el exterior, para uso o consumo del familiar destinatario, cuya importación estará exenta del pago de tributos y demás cargos, siempre que su valor total en aduana no exceda de quinientos pesos centroamericanos.
Este trámite podés solicitarlo a través de Correos de Costa Rica, tomando en cuenta las siguientes consideraciones.
- VALOR: El producto debe tener un valor CIF menor a los $500 dólares.
- REMITENTE: El producto debe ser enviado por una persona física, sea familiar que viva en el exterior.
- FACTURA: Debe presentar una factura no comercial, indicando a su familiar o amistad como remitente y a usted como destinatario. Además debe mostrar la descripción del artículo y su valor de compra.
- CANTIDADES Y USO: El producto debe ser para uso personal, no comercial. Por tanto, no debe traer varias unidades del mismo artículo.
- DISPONIBILIDAD: Este beneficio puede ser solicitado cada 6 meses (no calendario.